* El Tribunal también anuló las elecciones de diversas agencias y subagencias municipales en el estado
Comunicado
Esta tarde, las magistraturas que integran el Pleno del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) resolvieron 80 medios de impugnación relacionados, en su mayoría, con la celebración de diversas elecciones para la renovación de distintas agencias y subagencias municipales en el estado.
Al respecto, las magistraturas anularon las elecciones que se llevaron a cabo en las localidades de Remojadas, Progreso y Paso Naranjos, pertenecientes al municipio de Soledad de Doblado, Veracruz, toda vez que se acreditó la existencia de diversas irregularidades realizadas por la Junta Municipal Electoral en el desarrollo del método electivo (TEV-JDC-259/2026 y acumulado TEV-JDC-273/2026; TEV-JDC-274/2026; y TEV-JDC-286/2026).
Aunado a lo anterior, se declaró la nulidad de diversas localidades pertenecientes a los municipios de Soledad de Doblado y Tlalixcoyan, Veracruz, pues se acreditó la vulneración al principio de certeza cometida por las juntas municipales electorales demandadas (TEV-JDC-270/2026, TEV-JDC-275/2026 y TEV-JDC-276/2026).
Asimismo, el Pleno del TEV anuló las elecciones de las localidades de Toteco y La Palma, pertenecientes a los municipios de Tancoco y Tempoal, Veracruz, respectivamente, ello, al acreditarse la vulneración a los principios de certeza y legalidad en la celebración de dichos procesos comiciales (TEV-JDC-292/2026 y TEV-JDC-334/2026).
En otro tema, se declaró la improcedencia del juicio de la ciudadanía promovido por diversas personas militantes del Partido Acción Nacional en Veracruz (PAN), en contra de presidente del Comité Ejecutivo Nacional y el presidente de la Comisión Permanente del Consejo Nacional, ambos del referido partido, por incumplir con el principio de definitividad del acto controvertido (TEV-JDC-392/2026).
Por otra parte, las magistraturas de este órgano jurisdiccional declararon la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género en perjuicio de una persona indígena en su calidad de edil de un ayuntamiento del estado de Veracruz, cometida por la la presidenta municipal, el entonces tesorero, el secretario municipal, la directora jurídica, el fontanero de agua potable y Rode Temoxtle Flores, en su calidad de secretaria particular de la presidencia de dicho órgano de gobierno.
En dicho asunto, se acreditaron diversos tipos de violencia contra la edil, como la verbal, simbólica y psicológica, las cuales estuvieron basadas en el estereotipo de género de que las mujeres no son aptas para ocupar un cargo de elección popular (TEV-PES-7/2026).
Finalmente, con la celebración de esta sesión pública, el Pleno del TEV resuelve la totalidad de los medios de impugnación relacionados con las elecciones de las agencias y subagencias municipales en la entidad, garantizando con ello la integridad de dichos procesos, así como la tutela efectiva de los derechos político-electorales de la ciudadanía.
Share this content:

Publicar comentario